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Según los principios del todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 900,00 euros, que deberá asumir el arrendatario.
El arrendatario, bajo ningún concepto, quedara eximido de sus responsabilidades civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o acontecimiento doloso.